Si vives de alquiler en Madrid, muy pronto vas a recibir esta carta exigiendo que pagues el ITP
Quizá te haya llegado ya, si no estará a punto. Si vives de alquiler en la Comunidad de Madrid
y has firmado un contrato de arrendamiento en los últimos cuatro años,
es muy probable que en los próximos días recibas una carta nada amistosa
firmada por Isabel Asenjo Arroyo, subdirectora general de gestión
tributaria de la Comunidad de Madrid. En ella te exigirá que pagues el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP).
Y no solo eso, además te cobrará intereses de demora por no haberlo
abonado cuando tocaba, en el momento de hacer el contrato.
“Las están mandando de forma masiva”, aseguran los carteros, que reparten miles de estas inesperadas cartas certificadas cada día. Aunque el ITP en los contratos de arrendamiento está contemplado en la ley tributaria desde 1993, a la mayoría de inquilinos les pilla por sorpresa. Las comunidades autónomas no lo habían exigido hasta ahora y había quedado como un impuesto que únicamente se pagaba en la compra de vivienda usada.
Esta primera misiva es solo para ‘asustar’ a los inquilinos que no han abonado el impuesto desde 2012. Básicamente recoge distintas referencias legales que justifican la actuación de la Agencia Tributaria y una propuesta “provisional” de liquidación.
LEER mas:http://www.idealista.com/news/inmobiliario/vivienda/2016/02/29/741169-si-vives-de-alquiler-en-madrid-muy-pronto-vas-a-recibir-esta-carta-exigiendo-que
“Las están mandando de forma masiva”, aseguran los carteros, que reparten miles de estas inesperadas cartas certificadas cada día. Aunque el ITP en los contratos de arrendamiento está contemplado en la ley tributaria desde 1993, a la mayoría de inquilinos les pilla por sorpresa. Las comunidades autónomas no lo habían exigido hasta ahora y había quedado como un impuesto que únicamente se pagaba en la compra de vivienda usada.
Esta primera misiva es solo para ‘asustar’ a los inquilinos que no han abonado el impuesto desde 2012. Básicamente recoge distintas referencias legales que justifican la actuación de la Agencia Tributaria y una propuesta “provisional” de liquidación.
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