Mucho ojo si vives de alquiler: el casero no puede subir el precio lo que quiera
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Mucho ojo si vives de alquiler: el casero no puede subir el precio lo que quiera
La otra cara de la moneda,Yahoo Finanzas Hace 4 horas-------------------------------------------
Jaime Quirós – El precio de la vivienda en alquiler ha vivido un repunte espectacular en España durante el año 2017 y ha acabado el año con un incremento del 18,4% que ha dejado el metro cuadrado en 9,7 euros al mes de media nacional, según el último informe de Idealista. Todas las capitales españolas registran en diciembre de 2017 precios superiores a los de hace 12 meses, con las excepciones de Cáceres y Barcelona.
Estos incrementos están provocando grandes problemas a las personas que en los últimos meses tratan de encontrar un piso en las capitales. De hecho, empieza a existir una gran visibilidad social de las subidas, especialmente en Madrid, que finaliza 2017 con una subida anual en el precio del alquiler de vivienda del 7,9%, lo que sitúa el precio del metro cuadrado en la capital en 15,5 euros. También es importante señalar que Barcelona sigue siendo es la capital española con los alquileres más caros (17,5 euros/m2), y San Sebastián y Palma también alcanza cotas prohibitivas.
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Foto: REUTERS / Susana Vera
Las causas son varias a la vez, ya que hay un desfase entre poca oferta y mucha demanda, principalmente por la turistificación. Y también que España es un país tradicionalmente de compradores, que provoca mucha demanda. Muchas casas en vez de alquilarse se van a la venta. Esto está generando un gran revuelo social, como hace años no se veía, pues los caseros están subiendo indiscriminada y unilateralmente los precios excusándose en la mejora del mercado.
Pero ¿estas subidas son legales? Según Legalitas, la ley no da carta blanca al casero para subir el alquiler. Si durante la vigencia del contrato el propietario pretende subir la renta en mayor medida que lo que está establecido en el contrato, no podrá hacerlo por mucho que él quiera alegando que el mercado haya cambiado. Esto significa que solo podrá aumentar la renta en el caso de llegar a un nuevo acuerdo voluntario con el inquilino.
La Ley de Arrendamientos Urbanos protege de manera especial al inquilino. Así, aunque el contrato sea por unos meses, si es la vivienda habitual del inquilino, éste puede prorrogarlo hasta que alcance una duración de 3 años. Incluso transcurridos ese trienio, si ninguna de las partes hubiese notificado a la otra, al menos con 30 días de antelación su voluntad de no renovarlo, el contrato se prorrogará durante un año más. De modo que, en ese caso, si se sube la renta y no estaba prevista en el contrato, el inquilino no tendría por qué aceptarla.
Una vez finalizado el contrato, las partes ya sí son libres de celebrar un nuevo contrato, para el que podrán continuar con las mismas condiciones si ambos están de acuerdo o, en este caso sí, buscar unas nuevas. Y en ese caso ya no habrá solución para el inquilino si se le sube el precio.
Lo mejor que puede hacer es ir mirando una casa en un pueblo bien lejano en el que el alquiler no sea más caro que lo que gana. Eso, o plantearse transformarse en turista permanente, de esos que ahora ocupan la ciudad.
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