Die neue Rechtssprechung aus Luxemburg über Zwangsräumungen in Spanien

Der europäische Gerichtshof- Union (EUV) hat heute entschieden, dass das spanische Gesetz über Zwangsräumungen das Gemeinschaftsrecht verletzt, weil die Öffentlichkeit nicht ausreichenden Schutz gegen missbräuchliche Klauseln auf Hypotheken hat. 
Nach spanischem Recht kann eine Zwangsräumung nicht  ausgerufen werden, wenn missbräuchliche Klauseln in Hypotheken vorliegen. Ferner soll dieses Thema in einer anderen Studie diskutiert werden, sobald  die Vertreibung ausgeführt wurde. Die spanische Gesetzgebung, und das Recht der Banken des Zwangsversteigerungsverfahren soll durch andere Mittel initiiert werden,  und steht im Widerspruch zu dem EU-Recht. Dieser Auffassung ist auf jeden Fall in Luxemburg das ansässige Gericht.  
Das Luxemburger Gericht antwortet  so auf eine Frage,  vom Handelsgerichts von Barcelona vorgelegt, die eine Beschwerde eines Bürgers gegen die  Catalunya Caixa anstrebte, die die Zwangsräumung im Januar 2011 veranlasst hatte.

Der Vize-Präsident des Generalrats der Justiz (CGPJ), Fernando de Rosa, hat bereits angekündigt, dass es Veränderungen in dem spanischen Hypothek Gesetz wegen seiner Unvereinbarkeit mit dem europäischen Recht geben werde.In Erwartung dieser Beurteilung, beschloss die PP im Kongress vor ein paar Tagen die folgenden Schritte in der Verarbeitung der Zwangsvollstreckungen mit seinen Rechnungen, mit seiner gesetzgeberische Initiative (ILP) zu überbrücken und zu verzögern.

 

Spanisch:  La justicia europea considera ilegal y abusiva la legislación española de desahucios
La Ley Hipotecaria española tendrá que ser otra desde este jueves.  El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha dictaminado que la legislación española sobre desahucios vulnera la normativa comunitaria porque no garantiza a los ciudadanos una protección suficiente frente a cláusulas abusivas en las hipotecas.
La legislación española no permite paralizar un desahucio invocando cláusulas abusivas en las hipotecas, sino que esta cuestión debe ventilarse en otro juicio una vez que ya se ha ejecutado la expulsión. "La normativa española, que impide al juez que es competente para declarar abusiva una cláusula de un contrato de préstamo hipotecario suspender el procedimiento de ejecución hipotecaria iniciado por otra vía, es contraria al Derecho de la Unión", indicó la Corte con sede en Luxemburgo en un comunicado.La sentencia del Tribunal de Luxemburgo responde a una cuestión presentada por el juzgado mercantil de Barcelona, que debe dirimir una denuncia presentada por un ciudadano contra CatalunyaCaixa, que forzó su expulsión de la vivienda que ocupaba en enero de 2011 por impago de la hipoteca. El ciudadano en cuestión solicita que se declare nula una de las cláusulas del préstamo hipotecario y que, en consecuencia, el procedimiento judicial de ejecución hipotecaria sea considerado también nulo.

En concreto, el caso sobre el que ha fallado el tribunal tiene su origen en un desahucio ocurrido en 2011. Mohamed Aziz era desahuciado de su piso de protección oficial de Mataró por Catalunya Caixa. El asunto pasó por el juzgado del magistrado de lo Mercantil de Barcelona, José María Fernández Seijo.
El letrado hizo algo más que aplicar la ley vigente y envió al Tribunal de Luxemburgo una petición de decisión prejudicial. El juez planteaba al TUE que evaluase si con el actual sistema español, la actual Ley Hipotecaria, se limitan las posibilidades de defensa del consumidor en las ejecuciones hipotecarias. Fernández Seijo preguntó si no resultaban desproporcionados el vencimiento anticipado y la aplicación de intereses de demora del 18%.
Tendrá que haber cambios en la ley hipotecaria

En noviembre del pasado año, la abogada general del Tribunal de Justicia de la UE, Juliane Kokott, dictaminó que la ley española sobre los desahucios viola la Directiva 93/13 de la Unión Europea. Y la viola, explicó, por permitir la introducción de cláusulas abusivas en los contratos de préstamos hipotecarios que establecen los bancos y que, en caso de incumplimiento, acaban en la ejecución forzosa del desalojo. Tras la sentencia de este jueves, que confirman lo que avanzó Kokott, los jueces españoles tendrán ya en su mano un instrumento que les permitiría paralizar los desahucios en marcha, entrando a valorar si los contratos contienen cláusulas abusivas.
El vicepresidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Fernando de Rosa, ya ha anunciado que tendrá que haber modificaciones en la ley hipotecaria española debido a su incompatibilidad con el derecho europeo.

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